viernes, 24 de octubre de 2008

LA DEFENSA DEL VOTO: TAREA DE TODOS


La defensa de la voluntad popular, expresada en el voto libre y soberano del pueblo, es una actividad de masas que debemos organizar desde ya, incorporando a todos quienes estén en disposición de hacer una contribución al triunfo popular del próximo 26 de Octubre; amigos, vecinos, compañeros de trabajo, jóvenes, adultos mayores, etc., pues claramente no son suficientes los militantes y simpatizantes del Partido, la Jota y el Juntos Podemos Más para cubrir las 33.410 mesas que funcionarán a lo largo del país. Si dejáramos espacio a que se nos anulara 1 solo voto por mesa, los que en algunos casos pueden ser más, el impacto en nuestra votación es altísimo. La sumatoria de votos anulados en una comuna podría llegar a ser la diferencia entre elegir o no 1 Concejal para nuestra alternativa, por lo estrecho que serán los resultados.

La primera línea en la defensa de nuestros votos es el organizar las formas para enseñar a votar correctamente a nuestros electores, en grupo o individualmente, indicándoles reiterativamente que el día de la elección recibirá 2 votos, uno para alcaldes y otro para concejales y que se debe marcar solo una preferencia en cada uno de ellos.

La segunda línea de trabajo es el reclutamiento y capacitación de los miles de apoderados de mesa que necesitamos para ese día. Esto debe trabajarse desde ya, con gran amplitud, sin desechar ningún aporte y privilegiando la presencia de apoderados en las mesas pues es allí donde ocurre lo principal de la elección.

La tercera línea de defensa de nuestros votos es el aseguramiento de que nuestros apoderados de mesa estarán desde la instalación de las mesas hasta el cierre de ellas en un trabajo continuo de vigilancia y control de la votación.

La cuarta línea de trabajo es, una vez conocidos los resultados finales de la comuna, realizar los cálculos de cifra repartidora y aplicarlos para determinar si elegimos y cuantos concejales, para prepararnos a asegurar esos resultados en los Colegios Escrutadores, que se reúnen el día Lunes 27 de Octubre, a las 14.00 horas. Para esta tarea debemos designar oportunamente a los compañeros (as) que la cumplirán, sobretodo en las comunas en que estemos disputando algo. Insistimos que por la naturaleza de la elección, la cantidad de listas y candidatos en disputa, lo más probable es que los cupos se resuelvan por cantidades mínimas de votos. Por lo tanto, todos cuentan.


¿Cuándo y como se instalan y constituyen las mesas?

Las mesas se instalarán para la votación el Domingo 26 de Octubre desde la 07:00 hrs. Previamente, los vocales designados deberán constituir cada mesa el día sábado 18 de Octubre a las 14:00 hrs.

En caso de no haberse constituido la mesa, el delegado de Recinto designará entre los votantes presentes en ese instante, que sepan leer y escribir, a las personas que deberán constituir la mesa de inmediato. Si es posible, debemos asumir la responsabilidad de constituir la mesa, pues nos deja en una mejor posición, con derecho a voz y voto, para defender nuestros votos.

¿Cuánto tiempo deben funcionar las mesas?

Cada mesa funcionará durante nueve horas seguidas, a contar del momento en que se declare abierta. Pasado ese tiempo y no habiendo electores presentes, la mesa será cerrada (Art. 68).

¿Cuáles son los deberes y derechos del apoderado de mesa?

Constituirse, junto a los miembros de la mesa, el día 26 de Octubre, desde las 07.00 horas. Es muy importante estar presente durante todo el tiempo posible en la mesa pues las irregularidades como inducción del voto, votar acompañado, votar sin cedula de identidad, situaciones de cohecho, propaganda en los recintos de votación, cámaras secretas con marcas y otras anomalías, se producen en cualquier hora del día. Por lo tanto, llegar solo al cierre de la mesa, a constatar el resultado, sirve poco.
Observar todo lo que ocurre durante el proceso.
Formular objeciones del proceso, si las hubiere, y exigir que se deje constancia, de las que sean importantes, en el Acta de Mesa.
Vigilar el recuento de votos y defender los votos de LA LISTA D tanto de Alcaldes como de Concejales.
Realizar objeciones sobre votos de otras listas que estuviesen mal emitidos.
Verificar que los resultados y observaciones sean escritos fielmente en el Acta de Mesa.



¿Qué aspectos de la elección hay que cautelar luego del escrutinio?

El Apoderado deberá presenciar los siguientes trámites:
Redacción de las Actas Oficiales, donde debe quedar constancia de los resultados exactos y las posibles reclamaciones, tanto de la elección de Alcaldes como de la de Concejales.
Las Actas son los documentos más importantes de la mesa. En ellas se anotarán los votos obtenidos por los candidatos y se dejará constancia de cualquier reclamo o incidente (Art. 73).
También se responderán dos formularios especiales con todas las menciones y observaciones del Acta (tienen carácter de copias fidedignas del Acta).
Una copia fidedigna de las Actas quedará en poder del Secretario de la Mesa y será firmada por los Vocales. La otra copia será entregada al Presidente del Tribunal Calificador de Elecciones (Art. 73 Nº 4).
Todos estos documentos serán firmados por todos los Vocales y por los Apoderados que deseen.


¡¡ IMPORTANTE !!:

Sólo los reclamos que queden estampados en el Acta de la Mesa tendrán validez legal ante el Colegio Escrutador y en el Tribunal Calificador de Elecciones.
Terminado este trámite, el Secretario de la Mesa entregará una minuta con los resultados, firmada por los miembros de la Mesa, al Delegado de la Junta Electoral. Éste otorgará recibo y una copia de la minuta se fijará en un lugar visible de la Mesa.

¿Cuáles son los votos validos, los votos nulos, los votos blancos y los objetados?

El voto validamente emitido es aquel que marca una sola preferencia en la cedula.
El voto nulo es aquel en que el elector marca mas de una preferencia en la cedula.
El voto blanco es aquel en que el elector no marca ninguna preferencia en la cedula.
El voto objetado es aquel en que el elector marco su preferencia de una manera distinta a la establecida, por ejemplo, marcando una cruz al costado derecho del nombre del candidato, o subrayándolo, o que no completo la cruz al lado izquierdo, pero que es posible distinguir claramente su preferencia.
Las anotaciones o graficas que realicen los electores en el voto, sean de la naturaleza que sean, no anulan el voto.
Nuestros Apoderados de Mesa NO deben permitir la anulación de votos que, marcando preferencia a uno de nuestros candidatos, pueda contener algún elemento de objeción.
Los votos objetados son los que se deben defender y revertir en los Colegios Escrutadores.

¿Qué importancia tienen las Actas de la LISTA D - JUNTOS PODEMOS MAS?

Las Actas son una copia fiel del Acta Oficial de la Mesa que se deberá entregar al Apoderado General de la LISTA D en el recinto.

El Apoderado de Mesa hará que esta Acta sea firmada por el Presidente, Secretario y Vocales de Mesa. Si es posible, por los demás Apoderados.

· Esta Acta es el único documento que tiene validez legal para efectuar reclamos ante el Colegio Escrutador y el Tribunal Calificador de Elecciones.

1 comentario:

Jota dijo...

Mucha suerte Danae!

El domingo votaré por ti!